El 29 de mayo de 2012 publiqué un post titulado “Vida
y Alimentación sana como Política de Estado” en el que se hacía
referencia al proyecto de ley que pretendía prohibir la transmisión de avisos
publicitarios de la llamada “comida chatarra” en horario familiar (06:00-22:00) http://palabrasderoca.blogspot.com/2012/05/vida-y-alimentacion-sana-como-politica.html
En aquella oportunidad reflexionamos juntos acerca
de la estrategia que pretendían aplicar las autoridades en su concepción,
equivocada desde mi punto de vista, de
creer que una ley, sazonada con una serie de prohibiciones generaría un cambio
en los hábitos alimenticios de, en este caso, niños, niñas y adolescentes.
Mencionábamos además que la forma de enfrentar adecuadamente el problema de
obesidad en niños era generando una política de estado que promoviera estilos
de vida saludables que deberían ser trasversales a todas sus acciones que
promueva y desarrolle como educación, salud, deportes, etc.
Pues bien, el pasado mes de mayo, casi un año
después de la generación de estos debates y la publicación de ese post
finalmente se promulgó la “Ley N° 30021 de promoción de la alimentación
saludable para niños, niñas y adolescentes” que, en esencia, recoge la gran
mayoría de lo propuesto en el proyecto de ley inicial y profundiza en algunos otros
aspectos, a algunos de los cuales quisiera hacer mención. Los primeros corresponden a los artículos 4 Promoción de la educación nutricional,
6 Los ambientes y la promoción de una
alimentación saludable y 7 La
promoción del deporte y la actividad física que a la letra dicen
Promoción de
la educación nutricional
4.1 El
Ministerio de Educación promueve la enseñanza de la alimentación saludable,
incorpora en el diseño curricular nacional de la educación básica regular y de
la educación no escolarizada, programas de promoción de hábitos alimentarios
que contribuyan a mejorar los niveles de nutrición.
4.2 El
Ministerio de Salud, en coordinación con el Ministerio de Educación, realiza
campañas y charlas informativas para promover la alimentación saludable y
mejorar los hábitos alimentarios de la población, dirigidas especialmente a los
alumnos y padres de familia.
4.3 El
Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud difunden y promocionan a nivel
nacional, en los medios de comunicación masiva, las ventajas de la alimentación
saludable y el consumo de alimentos naturales con alto contenido nutricional.
Los
ambientes y la promoción de una alimentación saludable
6.1 Las
instituciones de educación básica regular pública y privada en todos sus
niveles y en todo el territorio nacional, promueven los 'kioscos y comedores
escolares saludables', conforme a las normas que, para este efecto, dicta el
Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de Salud, el
Ministerio de Agricultura, los gobiernos locales y los gobiernos regionales.
6.2 Los
kioscos y los comedores escolares brindan exclusivamente alimentos y bebidas
saludables conforme a los estándares que establece el Ministerio de Salud, a
través de un listado de alimentos adecuados para cada edad, basado en el
reglamento.
6.3 Los
establecimientos de salud públicos y privados promueven 'kioscos y comedores
saludables.
7.1 Las
instituciones de educación básica regular, en todos sus niveles, promueven la
práctica de la actividad física de los alumnos en la cantidad mínima diaria
establecida para cada edad.
7.2 Los gobiernos locales, en el marco de sus competencias, fomentan la implementación de juegos infantiles en parques y espacios públicos.
7.2 Los gobiernos locales, en el marco de sus competencias, fomentan la implementación de juegos infantiles en parques y espacios públicos.
Estos artículos responden perfectamente a lo
recomendado en aquel post ya que la promoción
de hábitos de vida y alimentación saludables desde el estado solo se puede
concretar a través de la implementación
de políticas en materia de salud y educación promovidas entre el Ministerio de
Salud y el Ministerio de Educación a fin de evitar la aparición de enfermedades
como la obesidad infantil, el colesterol y la diabetes.
Si el estado está verdaderamente comprometido y
existe voluntad política para que lo establecido en estos artículos se cumpla
no debería ni siquiera preocuparse por la publicidad porque así proporcionarían
a los padres, todos los elementos necesarios para conocer perfectamente los
beneficios de una alimentación adecuada y saludable y, a partir de ello, ejercer
la libertad de decidir qué y cuánto se come dentro y fuera de casa. Claro, si su aplicación no queda en el solo papel sino que
se lleva al terreno de lo concreto a través de la reglamentación de la ley y
desde los propios ministerios. Hasta aquí, todo bien.
El problema no radica en la publicidad. Si bien es
cierto, los niños y adolescentes influyen en lo que sus padres compran, le
estamos restando total responsabilidad y autoridad a estos últimos frente a la
calidad, la frecuencia y el tipo de alimentación que dan a sus hijos y a estos,
una casi condición de zombies frente a la publicidad.
Otro de los aspectos de esta ley al cual quisiera hacer mención corresponde
al artículo 5 de la ley observatorio
de nutrición y de estudio del sobrepeso y obesidad.
5.1 Declárase de interés la creación del
Observatorio de Nutrición y de Estudio del Sobrepeso y Obesidad, a cargo del
Ministerio de Salud, como herramienta de monitoreo que permita suministrar información
y hacer el análisis periódico de la situación nutricional de la población
infantil y de la evolución de la tasa de sobrepeso y obesidad en niños, niñas y
adolescentes y cuantificar sus efectos.
5.2 El Observatorio de Nutrición y
de Estudio del Sobrepeso y Obesidad, tiene las siguientes funciones:
a) Recaba información sobre el ambiente obesogénico, los hábitos alimentarios y la actividad física, considerando el género y los diversos grupos socioecononómicos a nivel nacional.
b) Suministra información a todas las entidades que lo soliciten de la incidencia y prevalencia del sobrepeso y obesidad y de sus factores determinantes.
a) Recaba información sobre el ambiente obesogénico, los hábitos alimentarios y la actividad física, considerando el género y los diversos grupos socioecononómicos a nivel nacional.
b) Suministra información a todas las entidades que lo soliciten de la incidencia y prevalencia del sobrepeso y obesidad y de sus factores determinantes.
c)
Realiza el seguimiento y la evaluación de la efectividad e impacto en la salud
pública de las medidas adoptadas e implementadas en las políticas públicas para
mejorar los niveles de nutrición y promover la actividad física.
d)
Elabora un informe anual sobre el seguimiento y la evaluación de las
estrategias adoptadas como políticas públicas y lo remite, en el primer
trimestre del año siguiente, a la Comisión de Salud y Población y a la Comisión
de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos
del Congreso de la República.
e)
Difunde un resumen del informe anual a través de los medios de comunicación
masiva a nivel nacional.
El problema no es la publicidad ni sus contenidos, el
problema de la obesidad, además de lo mencionado en los párrafos precedentes, está
más asociado al incremento del tiempo que los niños pasan frente a la
televisión o a una computadora. Una de
las razones por las cuales los chicos tienen menos actividad física es por la
inseguridad que se vive en las calles.
Provengo de una generación en la que se podía salir a montar bici, patinar, jugar pelota, correr; una serie de juegos que
implicaban mucha actividad. Los padres
de hoy sienten pánico de que sus hijos puedan ser atropellados, asaltados y expuestos a una serie de peligros que en mis
tiempos eran mínimos. Eso ha provocado que se reduzca el nivel de actividad
física y los ha confinado a mantenerse dentro de sus casas con la única
entretención de la televisión, los juegos de video o el uso de la computadora.
Si, efectivamente, como mencionamos en el caso de los artículos 4, 6 y
7, el Estado se compromete a cumplir con las responsabilidades adquiridas y a que
el observatorio de nutrición y de estudio del sobrepeso y obesidad, cuya creación
se establece en el artículo 5, realice un trabajo serio, sostenible y eficiente
podrá contar con sustentos mucho más completos que apoyen las afirmaciones que
me he permitido compartir aquí, producto del proceso de investigación de mi
tesis de grado.
Es cierto que hay que establecer algunos parámetros, pero siempre
tratando de encontrar el equilibrio que no colisione con el legítimo derecho
que tenemos los peruanos a elegir lo que nosotros o nuestros hijos comen y
asumiendo, desde el Estado, un verdadero compromiso y voluntad política,
sostenible en el tiempo sobre los aspectos positivos que contiene esta ley.
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